miércoles, 25 de enero de 2017

¿Puedo crear una sociedad en España siendo extranjero?

La respuesta es sí, pero hay unos determinados trámites burocráticos que hay que seguir.

Como bien sabrás, una sociedad puede ser tanto limitada (3.000 euros de capital) como anónima (60.000 euros de capital).

Primeramente habrá que ir al registro mercantil y pedirle la certificación negativa del nombre de la sociedad que se quiere inscribir, el 2º paso será el hacer la escritura de constitución de la sociedad que es donde vendrá el primer problema para el socio o administrador extranjero:

- Es necesario nombrar un apoderado general/especial mediante documento apostillado y que éste le represente.

-En el caso que sea una sociedad extranjera la que es socio/a de la sociedad que se quiere constituir debe nombrar un representante de la sociedad con NIF o NIE en España.


Lo que es inevitable en caso de que un socio extranjero quiera administrar una sociedad es la obtención del NIE y del NIF de la sociedad.

Cómo se obtiene el NIE?

Depende de si es de fuera de la UE o de dentro tendrá que ir a comisaria de policia o a otro lugar. Se tendrá que pedir cita previa.

Antes de acudir a hacerse el NIE, deberá rellenar la solicitud formalizada que podrá encontrar  en el siguiente enlace: Obtención NIE y llevar pasaporte, copia de su pasaporte y el motivo por el cual acude a realizar el NIE. La policia tardará unos 4 o 5 dias en darle su NIE.

Una vez obtenido el NIE, ya podrá ser administrador de una sociedad española aunque esté residiendo en el extranjero.

Después de la escritura de constitución, en la que deberá hacer unos estatutos sociales de la empresa,  y pagar los 3.000 o 60.000 euros necesarios en cuenta bancaria de la sociedad, podrá proceder a hacer el modelo 036 de NIF provisional en una de las oficinas de la AEAT.

Deberá inscribir la escritura pública en el registro mercantil, si no estaremos delante de una sociedad irregular.

Por último, podemos decir que telemáticamente podremos cambiar los socios/administradores de la sociedad, con su correspondiente escritura.

No hay comentarios:

Publicar un comentario